MADRID, 4 de octubre (PRENSA EUROPA) –
La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) instó a 1.803 SICAV a darse de baja de los registros del supervisor «a la mayor brevedad», después de que estas sociedades comunicaran su intención de disolverse y antes de que finalizara el régimen transitorio realizar los trámites necesarios para liquidar las empresa el 30 de junio de 2023.
Este martes, el organismo de control envió un comunicado para recordar a los gestores los cambios que entrarán en vigor en 2023 y que afectarán a las instituciones de inversión colectiva. En él, la CNMV indicó que 507 SICAV ya han sido dadas de baja de sus registros durante 2022 como consecuencia de su disolución y liquidación, o por su transformación en sociedades de régimen común.
Sin embargo, todavía hay 1.803 empresas que han comunicado su intención de realizar este tipo de trámites pero no se han retirado. La CNMV recuerda que el plazo establecido por la normativa fiscal para la cancelación del registro es «largo», hasta el 30 de junio de 2023, pero llamó la atención sobre la oportunidad de realizar los trámites necesarios «lo antes posible» para permitir una » proceso ordenado y evitar demoras».
Cabe recordar que el pasado 1 de enero entró en vigor una reforma legal que afecta a la forma en que tributan las sicaves. En concreto, esta modificación establece un régimen transitorio durante 2022 mediante el cual se podrá acordar la disolución y liquidación de estas sociedades sin coste fiscal y diferir la tributación de los beneficios resultantes de la liquidación, siempre que los accionistas reinviertan íntegramente su cuota de liquidación en otras Entidades. de Inversiones Colectivas Españolas (IIC).
Las sociedades tienen hasta el 31 de diciembre de 2022 para acordar su disolución y hasta el 30 de junio de 2023 para realizar los actos jurídicos y negocios necesarios para liquidar la sociedad hasta la cancelación de su registro, pudiendo prorrogar la reinversión hasta el 31 de julio de 2023 Las acciones si aceptan el régimen transitorio.
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También recordó que el 1 de enero de 2023 entrará en vigor la Circular 3/2022 de la CNMV, relativa al folleto de las IIC y al registro del documento con los datos fundamentales para el inversor. Esta circular alinea la normativa nacional de IIC sobre el contenido, forma y supuestos de la actualización del documento con los datos fundamentales para el inversor, con el Reglamento (UE) núm. 1286/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de noviembre de 2014, sobre documentos de información fundamental relativos a los productos de inversión minorista vinculados y los productos de inversión basados en seguros (PRIIP).
Esta circular fija un plazo de un mes, a partir del 1 de enero de 2023, para que las entidades presenten a la CNMV el documento con los datos fundamentales para el inversor, que deberá ajustarse al contenido que establece el PRIIP. El supervisor indica que una «novedad importante» será que el DFI deberá ser elaborado directamente por las gestoras de cada IIC gestionada, ajustándose para ello a la normativa europea aplicable.
“Esta regulación es bastante detallada e incorpora algunos cambios relevantes en cuanto al contenido de DFI de las IIC anteriormente vigentes, […] por tanto, los gestores deben diseñar cuidadosamente las nuevas IFD y realizar los cambios y desarrollos necesarios en sus sistemas para disponer de la información necesaria”, señala la CNMV.
Una vez elaborado, el DFI de las IIC gestionadas deberá ser presentado a la CNMV para su inclusión en el registro público de acuerdo con las instrucciones técnicas que ya pueden consultarse en la sede electrónica del supervisor.
En cuanto a los folletos de IIC registrados a la fecha de entrada en vigor de la circular, la CNMV indica que los actualizará de oficio, para que las gestoras no tengan que realizar ningún trámite al respecto.
Finalmente, también el 1 de enero de 2023, las SII que promuevan la sostenibilidad o cuyo objetivo sean inversiones sostenibles, deberán haber elaborado y registrado en la CNMV un anexo de sostenibilidad a sus folletos.
Por todos estos cambios, la CNMV recuerda la «necesidad de planificar» los ajustes «con antelación» y «con suficiente detalle», así como de realizar una asignación «oportuna» de los recursos, e indica que ha establecido procedimientos para afrontar con el fin de facilitar, en la medida de lo posible, los cambios necesarios y ofrece su colaboración a las entidades para aclarar cuantos aspectos estimen necesarios.
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