¿Qué pasará si no cambias las placas de tu auto en Puebla? – El Tribuno Noticias

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Puebla, Pue.- El Ministerio de Planificación y Finanzas, además del pago en curso del control vehicular que debe cubrir más de un millón de unidades, también recuerda a los contribuyentes que no han cambiado sus placas, la obligación de hacerlo, de lo contrario serán no poder continuar con la regularización.

María Teresa Castro Corro, jefa de Finanzas, señala que se ha otorgado un plazo de dos años para realizar este cambio, ofreciendo todas las facilidades por la duración de la pandemia; sin embargo, quedan poco más de cien mil unidades de placa azul.

Para este año no habrá más reducciones según la Ley de Ingresos del Estado.

Los costos por cambio de placas son los siguientes:

  • 1.105,00 pesos, placas para automóviles, camiones, autobuses, verdes, antiguos y vehículos usados ​​para personas con discapacidad.
  • 835.00 pesos, placas de remolque.
  • 465.00 pesos, para motos.
  • 1,300.00 pesos, para vehículos de demostración.

Y por expedir tarjeta de circulación para cualquier vehículo es de 605.00 pesos.

El programa de reposición de Puebla fue voluntario en 2021 y 2022, explicó la secretaria de Hacienda, María Teresa Castro Corro, quien dijo que en 2023 el programa será obligatorio y no habrá más beneficios.

Y es que, como se recordará, el programa de sustitución de este año (2022) eximía a los contribuyentes del pago de la tarjeta de circulación si estaban al día con los controles de sus vehículos.

Algunos requisitos de sustitución de factura electrónica: Comprobante Fiscal Digital (CFD) o Comprobante Fiscal Digital vía Internet (CFDI).

La factura deberá cumplir con los requisitos previstos en el artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación. El endoso en este tipo de documento se aceptará con la condición de que el adquirente presente adicionalmente un contrato de compraventa celebrado con el endoso, adjuntando copia del documento oficial de identidad vigente de éste con fotografía.

La facturación impresa puede ser: por una imprenta autorizada o con un código de barras bidimensional (CBB), se aceptará el aviso al dorso de este documento. La notificación en ambos casos deberá contener el nombre y firma del cedente, el nombre del cesionario y la fecha en que tuvo lugar el acto.

Si no tiene ninguno de estos documentos, puede enviar cualquiera de los siguientes:

  • Información ad-perpetuam tramitada ante el Juzgado Civil.
  • Contrato de compraventa o cualquier otro acto jurídico cualquiera que sea su denominación o denominación conforme a las diversas leyes, por el cual se transfiere la propiedad del vehículo automotor entre personas naturales, celebrado o ratificado ante notario público.

Para los vehículos usados ​​vendidos por un fabricante, ensamblador, distribuidor o concesionario de la industria automotriz donde exista un gravamen sobre la propiedad, se aceptará la carta factura original además de la copia del comprobante fiscal electrónico. que respalda la venta.

En el caso de cartas factura, se aceptarán siempre y cuando no tengan más de 5 años desde la fecha de emisión, en caso contrario se deberá presentar carta factura actualizada.

CURSOS 10 / Fuente

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